miércoles, 21 de diciembre de 2011

La "Guerra del Pasivo" y cómo sacar provecho (V): El rescate del Plan de Pensiones, fiscalidad y conclusiones

Ya hemos visto en la primera parte de este monográfico dedicado a los planes de pensiones qué son y cómo funcionan los planes de pensiones y, en la segunda parte, cómo son las aportaciones y su fiscalidad. En esta tercera parte nos focalizaremos sobre el rescate del plan de pensiones, su fiscalidad y cerraremos con algunas conclusiones a modo de resumen.

El cobro de las prestaciones de los derechos consolidados de nuestro plan de pensiones se puede realizar si se da una de las siguientes situaciones:
    • Jubilación
    • Incapacidad laboral
    • Dependencia severa o gran dependencia
    • Fallecimiento (en este caso los beneficiarios serán los herederos o personas designadas como beneficiarias)
    • Enfermedad terminal
    • Paro de larga duración (después de dejar de percibir la prestación de desempleo)
Para todo esto debemos llevar la documentación acreditativa del supuesto de rescate correspondiente al banco o compañía de seguros y realizar la solicitud de rescate del plan de pensiones. En ese momento, el empleado/gestor nos preguntará cómo queremos rescatar el plan, y podremos elegir entre:

Capital: todo el plan lo recibiremos de una sola vez. Las aportaciones realizadas antes del 31/12/2006 tendrán una reducción fiscal del 40%.
Rentas: decidiremos en cuántos plazos queremos cobrar nuestro plan, una vez transcurrido ese tiempo, con el dinero agotado, dejaremos de recibir la prestación
Mixta: una parte en capital y el resto en rentas

Hay quien dice que lo mejor es rescatar el plan en forma de rentas, otros en forma de capital y otros mixtaNO hay fórmulas “mágicas”, todo depende de nuestra situación personal y necesidades.

Cuando rescatamos el plan de pensiones, este dinero que recibimos fruto de nuestro ahorro, es como si pasase a engrosar nuestros rendimientos anuales, de tal manera que si tenemos una pensión de 30.000 euros brutos anuales, y decidimos rescatar los 12.000 euros que tenemos en el plan de pensiones, a efectos fiscales es como si ganáramos 42.000 euros, por lo que nuestro tipo marginal (por el que se calcula lo que hay que pagar de IRPF) pasa del 17% que teníamos ganando 30.000 euros, a un 21% que se tienen aproximadamente con 42.000 euros de renta.

Es por esta razón que muchas personas dicen que lo que te ahorras cuando aportas a un plan de pensiones acabas pagándolo cuando lo rescatas, pero esto no es del todo cierto, depende de la estrategia que sigamos en el momento del rescate, pero para ello debemos hacer simulaciones con el  programa PADRE de la AEATjugando con las distintas alternativas de modalidad de rescate: rentascapital mixto.

Pese a todo, esto depende de la necesidad que tengamos, pues por mucho que Hacienda nos vaya a retener, si tenemos la imperiosa necesidad de disponer de liquidez, no podemos estar pensando en modalidades de rescate, y acabaremos rescatándolo de una sola vez, pese a que Hacienda se quede con buena parte de nuestro dinero.

En el ejemplo que pusimos antes, de una persona con 30.000 euros brutos de pensión y un plan de pensiones de 12.000 euros, si en vez de rescatarlo como capital, decidiera rescatar cada año 4.000 euros, pasaría de un rendimiento de 30.000 a 34.000, pero el tipo marginal sólo subiría del 17% al 18%, y el impacto fiscal sería menor. Evidentemente, el impacto es mayor tanto en cuanto la cantidad que tengamos en el plan de pensiones sea más grande, puesto que, como ya hemos comentado, el IRPF es un impuesto progresivo.

De todas maneras, como siempre, si uno no se muestra ducho con los números o no tiene idea de cómo manejar el  programa PADRE de la AEAT, siempre recomiendo en estos casos contactar con un experto que le pueda hacer un par de simulaciones. No obstante, si tuvieras alguna duda sobre este tema, no dejes de pasarme tus preguntas por correo electrónico o en la sección de comentarios, y trataré de ayudarte.

Como conclusiones te puedo dar las siguientes claves:
    • Con el plan de pensiones te puedes ahorrar impuestos, depende de tu nivel de renta y lo que aportes al plan
    • Tienes que tener en cuenta que el dinero no lo podrás “tocar” hasta que te jubiles o incurras en uno de los supuestos de rescate, lo cual es un infortunio por sí mismo
    • No confundas un plan de pensiones con un plan de jubilación, lo segundo es un plan de ahorro y es un producto diferente, que explicaremos cuando lleguemos a los planes de ahorro
    • Puedes traspasar tu plan de pensiones entre entidades financieras y/o a otras modalidades de planes, si no estás content@ con la rentabilidad financiera de tu plan. No se tributa por los traspasos entre planes o entidades financieras/aseguradoras
    • Hay entidades que dan interesantes regalos por aportaciones o traspasos de planes, pero la mayoría llevan implícitas restricciones en su movilización a otros bancos o aseguradoras, por lo que te debes cerciorar de que estás eligiendo bien
    • Si eres joven o falta mucho para tu jubilación, no revises todos los días como va tu plan de pensiones, esto es una inversión a largo plazo, y el ahorro importante es fiscal, como sigas mirándolo, y más en tiempo de crisis, te va a salir una úlcera
    • Cuando vayas a rescatar el plan de pensiones, haz varias simulaciones, hay muchas combinaciones, y si no tienes prisa por cobrar, puedes ahorrarte una buena cantidad en el IRPF

6 comentarios:

  1. Muy buenas, no pierdo nada intentandolo.
    soy beneficiario de un plan de pensiones, lo quiero rescatar, mis ingresos actuales ascienden a unos 42.000 euros, el plan es de 22.000, si recupero todo de golpe, me hacen pagar casi 9.000 euros, pero si lo rescato y aporto la cantidad maxima a mi plan de pensiones solo pagaria unos 2.500 euros. Mi pregunta es, ¿estoy haciendo el "gil"? tributo dos veces, una por el rescate inicial y otro cuando rescate el mio propio. ¿Puedo dejar indefinidamente el plan de mi padre hasta que yo quiera? Si tienes alguna idea mejor te lo agradeceria.

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    1. Nunca se pierde nada por consultar, eso es verdad. Gracias por leerme y plantear tu duda.

      En realidad no es del todo cierto, siempre te van a retener los 9.000 euros si lo rescatas de golpe, aunque hagas esa aportación. Al rescatar el plan la gestora te pedirá tus datos fiscales y serán ellos los que te hagan la retención para Hacienda, por lo que calcularán las retenciones en función de tus ingresos, sin tener en cuenta tus aportaciones a otros planes, eso sí, tu regularizarás este tema cuando hagas tu declaración del IRPF.

      Creo que quien te ha recomendado esto te ha dado un buen consejo, desde un punto de vista fiscal es una operación correcta.

      Si necesitas dinero con urgencia, no es tan buena idea: la gestora del plan te retiene los 9.000 euros, por lo que sólo recibes 13.000 euros, y tu encima, coges de esos 13.000 euros y aportas a tu plan otros 8.500 euros, por lo que "sólo" te quedarán 4.500 euros, y en la próxima declaración de la renta regularizarás para que te devuelvan unos 6.500 euros, pero habrá pasado un año para esto.

      Si puedes dejarlo indefinidamente, pero corres el riesgo de que fluctúe si es un plan de renta variable.

      Otra idea es rescatarlo en forma de rentas, lo cual siempre viene bien y aumenta poco la base imponible. Y si lo que quieres es tener rápido TODO el dinero en tu cuenta, otra forma más es hacerlo de dos veces, 11.000 euros en diciembre y otros 11.000 euros en enero del siguiente año, por lo que el aumento de la base imponible de este año es sólo de 11.000 euros y las retenciones serán algo menores.

      Espero que esta información te sirva de ayuda. Un saludo!

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  2. Buenas tardes, quien me ayuda para saber si mi banco tiene razon o no,quiero recuperar mi plan de pensiones,cumplo las nuevas normas de llevar 12 meses en paro,pero me dicen que no puedo recuperarlo pues las aportaciones se realizaron estando en el paro.
    ¿Es cierto? hay alguna ley que diga esto?.
    Muchas gracias por su ayuda.

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    1. Hola amigo, más que llevar 12 meses, el tema es haber agotado el subsidio o prestaciones por desempleo. En cuanto a las aportaciones estando en el paro, eso no es relevante, ya que creo que se están confundiendo con el supuesto de paro por jubilación. Lo puedes rescatar si ya no percibes desempleo.

      Un saludo!

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  3. Hola, he terminado el paro y no cobro nada, solo tengo 1.100euros en el plan de pensiones, y aunque sea eso pero necesito algo de dinero, lo tengo que sacar todo porque me hace falta, cuanto se me quedaria despues de lo que me retengan? Como tengo que sacarlo?? Muchas gracias por su respuesta, estoy desesperada y lo necesito

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    1. Buenas tardes amigo, perdona el retraso en mi respuesta.

      En realidad puedes rescatar una parte y más adelante otra, o todo de una vez.

      Te retendrán en función de tus retenciones, pues te harán rellenar un impreso para estimar tus retenciones. Si te retienen de más, al hacer la declaración del IRPF el año que viene, te devolverán la diferencia.

      Un saludo!

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