En los siguientes artículos descubriremos las claves de los descubiertos, algunos los llaman números rojos, y otros, anticipo de nómina/pensión, aunque en todos los casos estaremos hablando de lo mismo.
El nombre de números rojos viene de que antiguamente, en los bancos, aquellas operaciones con saldos deudores, las anotaban en color rojo, de forma que con el tiempo los saldos negativos en cuenta corriente o libreta de ahorro pasaron a llamarse comunmente: números rojos.
Otros hablan de anticipos de nómina, sin embargo estamos alrededor de lo mismo, pues este concepto surge a raíz de que los bancos no suelen conceder descubiertos a clientes que no tengan ingresos regulares domiciliados en su cuenta, es decir, nómina o pensión.
Teniendo esto meridianamente claro, debemos tener en cuenta que el banco no tiene obligación alguna de concedernos el descubierto en cuenta, salvo que este haya sido promocionado en alguna campaña publicitaria, pero incluso así, podrían denegárnoslo si no cumplimos con determinados requisitos de solvencia, como puede ser el estar incluidos en registros de morosidad.
Sin embargo, dado que existe la posibilidad de que nuestra cuenta en un determinado momento, y previa autorización de la entidad financiera, quede en descubierto, nuestro contrato sí recoge la tarifa que se nos cobraría en dicho supuesto, y ya os anticipo que no es nada barato.
La Concesión
Hay dos formas de que nuestra cuenta acabe en números rojos, y estas pueden ser: a petición nuestra, debido a que por algún motivo o necesidad lo tengamos que solicitar en nuestro banco, o bien porque la entidad, por iniciativa de la propia entidad lo conceda para cubrir los gastos del cliente y, sobretodo, sabiendo que el mes que viene vuelve a cobrar la nómina, autorizando a cargar en negativo los recibos que puedan estar domiciliados en su cuenta sin que haya saldo para atenderlos.
En ambos casos, el proceso de análisis es siempre el mismo: verificar que tenemos nómina o pensión domiciliada en la cuenta donde se va a conceder el descubierto y su antigüedad, comprobar que no tenemos operaciones impagadas con la entidad (préstamos, tarjetas, etc.) y que no estemos incluidos en registros de morosidad (tipo ASNEF).
Si vamos bien en estos apartados, procederán a estudiar el importe máximo a concedernos, normalmente suele ser aproximadamente un 75% de nuestra última nómina/pensión ordinaria (no suelen tener en cuenta las pagas extra), pero el importe podría ser menor si tenemos cuotas de préstamos o tarjetas próximas a vencer.
Si lo que cobras es el subsidio de desempleo u otro tipo de pensión no contributiva, es mejor que lo vayas a hablar con tu banco, pues lo normal es que a cuenta de este tipo de ingresos no concedan descubiertos.
En el próximo apartado veremos el plazo que nos da el banco para volver a poner en positivo nuestra cuenta y el coste de estar en descubierto.
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