miércoles, 7 de diciembre de 2011

El descubierto en cuenta corriente o libreta de ahorro II: Plazos y Gastos

En el anterior artículo vimos qué era un descubierto y cómo lo conceden los bancos. En este veremos qué plazos tenemos para devolver el dinero (regularizarlo, en el argot bancario) y los gastos que supone.

Plazo para regularizar
A pesar de que los números rojos son un negocio muy lucrativo para los bancos, estos no suelen concederlos alegremente (en caso de impago, el procedimiento de recuperación suele ser más complicado para el banco, debido a la propia naturaleza del contrato de cuenta corriente frente a la de un préstamo o crédito), y siempre tratarán que se vuelva a poner en positivo en intervalos de tiempo inferiores al mes, es decir, con el ingreso de la siguiente nómina/pensión. No obstante, lo normal es que no se inicie el procedimiento de reclamación del contrato hasta pasado los 90 días, aunque lo cierto es que si incumplimos más allá de 30 días, el sistema informático de nuestro banco nos registrará con dicho incumplimiento y en el supuesto de que en el futuro precisemos de financiación o de cualquier operación de crédito, este será un punto desfavorable.

Los gastos del descubierto
Un descubierto sale “un ojo de la cara”, pero en ocasiones puede ser nuestro único remedio para salir del paso. Pasemos a explicar los conceptos por los que nos cobran.


En primer lugar está el interés deudor o de demora, aproximadamente un 10% (nominal anual), es lo que nos cobra el banco por el número de días que estamos en negativo. Por ejemplo, para un descubierto de 600 euros por 30 días, nos cobrarían unos 5 euros, pero la cosa no acaba ahí; luego viene la comisión de reclamación de saldo deudor, por esto nos cobran lo que quieran, me explico, esta es una comisión que cuando firmamos el contrato podía ser de 1.000 ptas., pero que con el tiempo la han ido subiendo unilateralmente (previa comunicación al Banco de España y cliente), y que hoy por hoy puede ser perfectamente de 30 euros.

Por último, te cobrarán otra “comisión de descubierto”, las he visto desde un 3% hasta un 4,50% (con mínimo aproximado de 15 euros), esto en nuestro ejemplo de 600 euros son unos 18 euros (si no hubiésemos pasado de 15 euros, nos lo habrían cobrado igual, pues se activa el mínimo).

En nuestro ejemplo de 600 euros por 30 días, el descubierto nos ha salido por 5,00 + 30,00 + 18,00 = 53,00 euros. Haz cuentas de por cuánto te sale estar todos los meses en descubierto…

¿Cómo lo cobran?
El interés deudor o de demora y la comisión de descubierto, las suelen cobrar junto con la liquidación de la cuenta (trimestral o mensual, depende), junto con las conocidas comisiones de administración y mantenimiento de la propia cuenta. La comisión de reclamación de saldo deudor la cobran a los dos o tres días de iniciarse el descubierto.

Llegados a este punto, hay que aclarar una cosa muy importante sobre la comisión de reclamación de saldo deudor:

Esta comisión cubre los gastos de gestión de la entidad financiera con el cliente para la recuperación del saldo irregular o negativo, ya sean desplazamientos, llamadas telefónicas, comunicaciones escritas personalizadas, etc. Por tanto, si lo único que nos llega a casa es una carta automatizada diciéndonos que tenemos la cuenta en descubierto, el cobro de esta comisión está fuera de lugar y podemos reclamar su devolución, primero a través de nuestra oficina, y si no conseguimos su retrocesión, a través del Servicio de Atención al Cliente de la propia entidad. Si no reclamamos, el banco se la queda, y fíjate que ésta es la parte más grande del gasto.

Dicho todo esto, dependiendo de la cantidad que vayamos a estar en descubierto, podría ser más interesante reintegrar el dinero a crédito de nuestra tarjeta (siempre y cuando la tengamos en modo de pago 100% a vencimiento, es decir, nos cobran todo de una vez el día 30 del mes y sin intereses), ya que la comisión de reintegro a crédito del cajero automático oscila entre el 3% y el 5%, lo que viene a ser para 600 euros unos 18 euros o 30 euros, mucho menos que los 53 euros que vimos antes. Eso sí, en este caso lo ideal es hacer un único reintegro por la cantidad total que vayamos a necesitar, para evitar las comisiones por mínimo de cada reintegro en el cajero automático.

Si nuestra tarjeta de crédito tiene la modalidad de pago aplazado, olvidémonos de esta alternativa para ahorrar, pues los intereses de la tarjeta (entre el 18% y el 24%, depende de la entidad), destrozarán nuestro presupuesto y a la larga generarán terribles problemas financieros (más adelante dedicaremos un post a las tarjetas de crédito).

Espero que este artículo te haya servido para hacerte una idea de cómo funcionan los descubiertos. Como siempre, cualquier duda, comentario o sugerencia, no dejes de publicarlo.

3 comentarios:

  1. Espero que sigas publicando información tan útil. Un saludo.

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  2. Buenas, y a todo esto... es posible reclamarle via carta al banco?
    Puedo recuperarlo?, y cómo lo hago?

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    1. Buenas tardes amigo, gracias por leerme y publicar tu duda.

      Entiendo que te refieres a reclamar la comisión de reclamación de saldo deudor, y si, claro que puedes reclamarla por escrito.

      El caso es que podrás reclamarla tanto en cuanto no haya habido una gestión personalizada por parte del banco para reclamarte que vuelvas a tener la cuenta en positivo, lo que ellos llaman la regularización del saldo de la cuenta.

      En esa situación, donde te han cobrado y no ha habido reclamación personalizada, y esto es, una llamada telefónica, una carta personalizada no automatizada, desplazamiento de un empleado/a del banco para reunirse contigo, etc., bajo el supuesto de que no ha habido una gestión de este tipo por parte del banco, podrías reclamar por escrito.

      Lo normal es que empieces con una reclamación verbal, te reúnes con la persona que normalmente te atiende y le explicas que te han cobrado la comisión esta y que no ha habido una gestión personalizada que justifique el cobro de la misma.

      Si ves que no te hacen caso, presentas un escrito dirigido al director de tu sucursal, exponiendo lo que ha sucedido, la fecha en que la cuenta quedó en negativo, el día e importe en que te cobraron la comisión, y argumentas que reclamas la devolución de dicha comisión por no haber mediado una gestión personalizada para su reclamación, y que según en Banco de España, se trata de una mala práctica bancaria el cobro de esta comisión bajo el supuesto de ausencia de gestión personalizada para su cobro.

      A todo esto, acompañas un extracto de tu cuenta corriente donde se vea el cobro de la comisión. Indicas tu nombre, DNI, domicilio y la fecha.

      Debes presentar el escrito por duplicado y firmado, entregas uno de ellos y pides que te sellen el que te quedas.

      Una vez presentado, tienen un plazo de dos meses para responder, si no lo hacen, puedes presentar tu reclamación sellada por tu sucursal en el Banco de España de tu ciudad más cercana.

      Espero que te haya servido!

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