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domingo, 18 de marzo de 2012
miércoles, 7 de diciembre de 2011
El descubierto en cuenta corriente o libreta de ahorro II: Plazos y Gastos
En el anterior artículo vimos qué era un descubierto y cómo lo conceden los bancos. En este veremos qué plazos tenemos para devolver el dinero (regularizarlo, en el argot bancario) y los gastos que supone.
Plazo para regularizar
A pesar de que los números rojos son un negocio muy lucrativo para los bancos, estos no suelen concederlos alegremente (en caso de impago, el procedimiento de recuperación suele ser más complicado para el banco, debido a la propia naturaleza del contrato de cuenta corriente frente a la de un préstamo o crédito), y siempre tratarán que se vuelva a poner en positivo en intervalos de tiempo inferiores al mes, es decir, con el ingreso de la siguiente nómina/pensión. No obstante, lo normal es que no se inicie el procedimiento de reclamación del contrato hasta pasado los 90 días, aunque lo cierto es que si incumplimos más allá de 30 días, el sistema informático de nuestro banco nos registrará con dicho incumplimiento y en el supuesto de que en el futuro precisemos de financiación o de cualquier operación de crédito, este será un punto desfavorable.
Los gastos del descubierto
Un descubierto sale “un ojo de la cara”, pero en ocasiones puede ser nuestro único remedio para salir del paso. Pasemos a explicar los conceptos por los que nos cobran.
Publicado por
Mr. Fahrenheit
en
17:55
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Etiquetas:
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