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martes, 20 de diciembre de 2011

La "Guerra del Pasivo" y cómo sacar provecho (IV): La Aportación al plan de pensiones y su fiscalidad

Como ya se comentó en la primera parte de este monográfico sobre planes de pensiones, las aportaciones pueden ser periódicas y extraordinarias. Las primeras se pueden suspender en cualquier momento, y reactivar también a nuestro antojo, sin que por esto perdamos derechos sobre nuestra inversión.

Como máximo se puede aportar anualmente el 30% (50% para mayores de 50 años) de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas, con un tope de 10.000 euros (12.500 euros para mayores de 50 años). También se pueden hacer aportaciones al plan del cónyuge, hasta un máximo de 2.000 euros y siempre que no perciba rendimientos del trabajo superiores a 8.000 euros. Las personas con discapacidades pueden aportar anualmente un máximo de 24.250 euros.