sábado, 20 de abril de 2013

Canje de Preferentes de Bankia y su Arbitraje

Hace ya bastantes meses explicamos cómo funcionaban las preferentes, el problema que han suscitado a los tenedores de estos títulos híbridos y las posibles soluciones que estaban dando las diferentes entidades financieras para que alcanzaran liquidez.
En esta ocasión, es el turno de los bancos nacionalizados, y donde obviamente los focos mediáticos se centran en Bankia, ya que es de las tres la más grande, el volumen es mayor, ha generado una enorme polémica su nacionalización, y, a pesar de haberse saneado, aún no ha conseguido transmitir o comunicar con efectividad las bondades de su situación, la cual financieramente está ya controlada, gracias a que les han inyectado una barbaridad de millones de euros (en total fueron cerca de 24 mil millones de euros), y es que a pesar de todo esto, su imagen de marca se sigue deteriorando día a día con decisiones, vengan de Madrid o de Bruselas, como la que vamos a tratar a continuación: el canje de preferentes.

Lo que va a ocurrir con las preferentes es bastante sencillo de explicar, pero muy difícil de comprender, por lo injusto de la medida, leed con atención. Al final del post también haré mención al proceso de arbitraje.
En primar lugar debemos tener en cuenta que en el canje que se propone hay dos grandes conjuntos de clientes de este banco que están afectados. Solemos englobarlo en "preferentes", pero también se ven implicados los titulares de deuda subordinada, que es básicamente lo mismo, pero en algunos casos las emisiones tenían una fecha de vencimiento, ya sean 10, 15 ó 20 años, etc.
En fin, lo que las autoridades europeas han impuesto a España, y el Gobierno a Bankia, es que los titulares de acciones, preferentes y subordinadas asuman pérdidas por el rescate que se realiza a la entidad, en definitiva, que como son los últimos en el listado de acreedores del banco (efectivamente, se llaman "preferentes" pero no tienen ninguna "preferencia"), asumen pérdidas en su participación del capital del propio banco, todo ello para proteger a ahorradores y depositantes, que no tienen pérdidas ni implicaciones de ningún tipo.
Estas pérdidas o quitas sobre el nominal/capital invertido en un inicio por los clientes, se cuantifican o valoran en función de las emisiones suscritas, y es que hay preferentes/subordinadas de Bancaja, CajaMadrid, Caja Layetana, Caja de Canarias, Caja Ávila, ... y en cada caja emitieron varios tipos de preferentes/subordinadas, en distintas fechas y con diferentes condiciones.
De esta forma, hay emisiones con mayores pérdidas, y otras serán menores, pero todas con importantes quitas, considerables y dolorosas.
En este punto diferenciaremos el proceso de canje de preferentes y el de la deuda subordinada:

1. Canje de preferentes:

El canje será obligatorio, el titular no puede hacer nada, viene impuesto y regulado por el Gobierno de España en el Real Decreto 6/2013. El cliente recibirá su dinero en acciones, menos la pérdida asignada a su emisión de preferentes.
Hasta aquí era lo que se sabía, o al menos lo que se llevaba hablando bastante tiempo, casi un año, pero la parte difícil de entender es el precio al que recibiremos esas acciones.
El día que recibamos esas acciones, con su correspondiente quita, las acciones comenzarán a cotizar a 1,00 euros por acción, pero sin embargo, Bankia nos las habrá adjudicado a 1,35 euros.
¿Por qué un 35% más caras? Pues alguien ha pensado que a los preferentistas hay que aplicarles una "prima de emisión", es decir, un sobrecoste por acudir a la macro-ampliación de capital de Bankia y comprar estos títulos, de forma que los actuales accionistas tengan preferencia sobre los nuevos.
El argumento de esta prima de emisión de 0,35 euros es totalmente increíble e injusto, ya que los titulares de preferentes no acuden por gusto o voluntariamente a esta ampliación de capital, sino que están siendo "obligados".
Por tanto, no sólo los titulares de preferentes van a tener pérdidas derivadas de la quita que le corresponda a su emisión, sino que además, les van a cargar una prima de emisión de 0,35 euros por cada euro que reciban.
Ejemplo: supongamos que tengo 10.000 euros en preferentes, llega el día del canje, y a mi emisión le corresponde una quita del 30%, es decir, me ingresarán en mi cuenta corriente 7.000 euros, e inmediatamente me restarán de mi cuenta estos mismos 7.000 euros para suscribir acciones de Bankia, sin embargo no tendré en mi cuenta de valores 7.000 euros en acciones, sino que como me han cobrado 1,35 euros por algo que vale 1,00 euro, al final de toda la operación tendré solamente:
          7.000 : 1,35 = 5.185 euros
Duro, durísimo, porque al final, en el ejemplo anterior, de una quita inicial prevista del 30%, descontando la "infame" prima de emisión, tendré una pérdida total del 48,15%, es decir, casi un 20% más de lo que inicialmente habían dicho.

2. Canje de Subordinadas:

 También regulado por el mismo Real Decreto-Ley. Hay dos tipos de deuda subordinada: con vencimiento, y perpetua.
- Subordinas con vencimiento hasta 2018:
Estos pueden elegir, cómo recibir el dinero. Parece ser que si no toman decisión alguna, recibirán su dinero, con la correspondiente quita asignada, en forma de bono, con igual vencimiento que la deuda subordinada que tenían, y con una retribución del 2% nominal anual con liquidación al vencimiento.
Esto del bono es, para entendernos (y que me perdonen los más puristas), como un plazo fijo pero sin estar amparado en el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
Las otras dos opciones que tendrán serán, o bien recibir el dinero en acciones, como el caso que vimos anteriormente de las preferentes, o elegir la misma fórmula del bono pero instrumentado sobre una cuenta de ahorro a plazo fijo (amparada en el FGD).
Sin lugar a dudas, el que tenga de este tipo de subordinadas, lo que compensará más es el bono o el plazo fijo, lo de las acciones es mucho peor, puesto que la prima de emisión nos hace perder muchísimo dinero.
Sólo valdría la pena canjear subordinadas por acciones si hay una necesidad muy grande de liquidez, ya que las acciones se pueden vender inmediatamente, y el bono o el plazo fijo es indisponible hasta su vencimiento.
- Subordinadas con vencimiento posterior a 2018 y/o perpetuas:
Serán tratadas en este proceso como perpetuas, por lo que se les aplicará el mismo mecanismo de canje que a las preferentes, que ya vimos anteriormente, se canjearán obligatoriamente por acciones.
Las acciones que recibimos
En todos estos cálculos, la situación se puede ver perjudicada por la propia fluctuación del valor una vez empiece a cotizar (que lo hará a 1 euro por acción, ya que previamente habrá un contra-split, y donde habían 100 acciones a 0,01 euro, existirá una a 1,00 euro), pues se puede dar el caso que si vendemos por debajo de 1,00 euro, perderemos más dinero, y si vendemos por encima, recuperaremos algo.
Una consideración fiscal: si tenemos otros ahorros, y a éstos les estamos sacando rentabilidades positivas, podremos compensar las pérdidas de las preferentes con los rendimientos del capital mobiliario, por lo que podríamos atenuar algo las pérdidas, pero evidentemente esto no es consuelo.

El Arbitraje

Paralelamente a este proceso de canje, el Gobierno obliga a Bankia a poner en marcha un proceso de arbitraje donde, previa solicitud del afectado, se puede reclamar y argumentar al banco los motivos por los que cree que deberían devolverle más dinero del recibido, básicamente por defectos de la comercialización de la venta de las preferentes/subordinadas.
El canje no se paraliza porque solicitemos el arbitraje, por lo que con las acciones que recibamos debemos actuar como si el arbitraje no existiera, y vender o mantener las acciones a voluntad, que ya luego el árbitro tendrá en cuenta el montante de nuestras pérdidas totales.
Es un proceso gratuito, que en principio no implica la renuncia a la reclamación judicial, pero que si la comisión arbitral nos admite, sí tendremos que formalizar un contrato donde nos someteremos a la decisión del árbitro y, entonces si, renunciar a la vía judicial, tanto nosotros como el banco. Previamente, nos comunicarán el importe máximo al que podemos aspirar, y con este dato debemos tomar la decisión de seguir adelante o no.
Entiendo que si tenemos dudas (o algo más que dudas) de cómo se nos vendió el producto, o bien personas de edades avanzadas, problemas económicos graves, o bien problemas sensoriales y/o discapacidades cognitivas, ... , son argumentos más que suficientes para, como mínimo, solicitarlo, y según la respuesta que recibamos, decidir si seguir o no.
El árbitro será un consultor independiente contratado por el FROB. En esta ocasión se trata de la afamada multinacional KPMG, que se encargará de emitir el laudo que deben acatar las dos partes, afectado y banco.
En fin, espero que este post os pueda servir de resumen para entender cómo será el proceso de canje y tener alguna idea de qué es y cómo será el arbitraje de las reclamaciones de las preferentes.

Mr. Fahrenheit

Sígueme en Twitter y Facebook para que estés al día de las publicaciones del blog.

Ir a "Mi Banco"

12 comentarios:

  1. off-topic:
    lo siento no he encontrado pag. de contacto...
    que opinas de los siguients posts ?
    http://desencadenado.com/2012/01/crear-una-empresa-en-3-horas-por-71-euros.html
    http://desencadenado.com/2012/02/que-implica-abrir-una-empresa-en-londres.html

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Joan, la verdad es que los posts son muy interesantes, no puedo decir si es cierto o no porque desconozco la legislación en UK, pero la verdad es que tiene todo el sentido.

      Pero también es verdad que tiene que estar todo muy bien pensado para poder hacerlo, incluyendo los viajes a Londres, etc. También puedo afirmar que es complicado abrir una cuenta a una sociedad extranjera en España, pues los bancos son remisos, por todo aquello del blanqueo de capitales.

      En definitiva, creo que parece muy interesante, pero al profundizar en ello te encuentras con muchas cosas a tener en cuenta que te pueden hacer vivir con cierta ansiedad o miedo.

      Un saludo y gracias por los posts.

      Eliminar
  2. Buen post! Es escandaloso el tema de las preferentes y deuda subordinada! no se llega a entender que se cobre la prima de emisión como bien dice cuando el afectado no ha optado en ningún momento que se le aplique el canje del depósito por acciones, una desfachatez añadida a todas las que ya ha tenido que asumir. También añadir que la CNMV hace poco reconoció que Bankia iba colocando en un mercado interno que tenía las preferentes entre clientes, escondiendo así la verdadera naturaleza perpetua y haciéndolas ver como depósitos de liquidez inmediata, además de obviamente perjudicar al comprador que le estaba adjudicando un producto envenenado.

    El tema de las preferentes lo traté )no tan extendidamente como en este estupendo blog) en mi blog personal que humildemente recomiendo. http://compatir-ideas.blogspot.com.es/

    Un saludo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Interesante blog del amigo Marcelo Mora, sus reflexiones hacen pensar, siempre en temas de actualidad. Me lo anoto y guardo para tenerlo en la retina. Buen trabajo Marcelo, un saludo! http://compatir-ideas.blogspot.com.es/

      Eliminar
  3. Las preferentes de Bankia son una estafa como la copa de un pino. Un robo a 1 millón de abuelos españoles.
    Ya está mas cerca el día en que los hijos de perra de Bankia y sus cómplices pasen por la gillotina.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Abuelos, padres, hijos, nietos, solteros, casados, ... No es cuestión de "abueletes", que los hay, es mucha gente la que está afectada.

      Las de Bankia son las que más suenan, pero todas las cajas y bancos las emitieron en algún momento, unas han generado más descontento, por la solución tan mala, como éstas de Bankia, y otras algo menos, pero en todos los casos ha sido un despropósito, ya que no se han respetado los contratos, todo ello con el respaldo de las autoridades de control, ya sea la CNMV o el Banco de España, así como con la colaboración del propio Gobierno, que con un par de decretos-ley se ha cargado la poca o ninguna justicia moral que quedaba en este país.

      Un saludo!

      Eliminar
  4. Disculpa Mr. Fahrenheit,
    Estoy mirando y no tengo tan claro que a los preferentistas le den las acciones a 1,35. Este es el precio de la ampliación, pero en el 2012 se las dieron al precio medio de los últimos 90 días, por lo que la pérdida del 35% que comentas sería nada comparable con un caje a 12 o 13 euros. Podrías confirmar cual es realmente la ecuación de canje? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Efectivamente, el canje de 2012 era diferente, y el precio se determinaba con una media de las últimas sesiones. La única realidad, es que, justo en el momento que las acciones canjeadas de los preferentistas, y del resto de accionistas, empiecen a cotizar, lo harán a 1 euro, por lo que a partir de ese momento, lo que pase con el valor, positivo o negativo, dependerá del mercado y sus cotizaciones (oferta y demanda).

      Básicamente a los preferentistas les darán las acciones con valor 1 euro, pero pagando 1,35 por cada una de ellas. Creo que es el día 22 de mayo, empezarán a cotizar a 1 euro.

      Por ejemplo, si tengo 30.000 euros en preferentes, y me hacen una quita del 50%, es decir, me quedo con 15.000 euros, este dinero me lo canjearán en acciones según la siguiente ecuación:
      15.000 : 1,35 = 11.111 acciones
      (nominal después de la quita) : (precio emisión + prima de emisión) = (acciones que recibo)

      Estas acciones entrarán a cotizar en el momento "cero" a 1 euro, es decir, tendré 11.111 euros en el inicio de la cotización. A partir de ese momento, si suben, recuperaré, y si bajan, perderé más aún.

      Un saludo!

      Eliminar
  5. Muchas gracias Mr. Fahrenheit por el post.
    Indicabas que la deuda subordinada con vencimiento anterior a 2018 se podría canjear por un bono o un depósito, pero en varios articulos como los siguientes indican que tras la quita además se hará una segunda quita equivalente al 1,5% por cada mes (sobre el nominal) hasta la fecha de vencimiento, lo que puede suponer prácticamente la pérdida total. ¿Sabes si esto es cierto?
    Muchas gracias.
    http://www.elnortedecastilla.es/rc/20130322/mas-actualidad/economia/frob-valora-cada-accion-201303221829.html
    http://cincodias.com/cincodias/2013/04/18/mercados/1366310105_117408.html

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. En general los medios hacen "corta y pega" de las noticias y no han indagado mucho sobre lo que escriben.

      Pasa mucho más en medios financieros. La mayoría de los periodistas son muy buenos en su profesión, pero les falta el plus de conocimientos cuando se tratan temas especializados, como es el caso de la economía y las finanzas, aunque no todos son así, los hay muy buenos, como por ejemplo Javier Ruiz.

      Pues no, no hay dos quitas. Sólo hay una, que se corresponde con ese 1,5% mensual, a contar desde enero de este año y hasta el vencimiento de las obligaciones subordinadas.

      Por lo que el bono o depósito en que se canjee, será por dicha cantida con esa quita ya calculada, será ilíquido y tendrá vencimiento igual al que tenñian las obligaciones.

      Por cierto, han cambiado las fechas, y creo que al final lveremos los movimientos en la cuenta el día 24 de mayo, y las acciones de los que se le canjeen las preferentes entrarán a cotizar el día 28 de mayo.

      Un saludo y muchas gracias por tu pregunta, seguro que ha servido para resolver las de otros muchos lectores.

      Eliminar
  6. Es realmente sorprendente como se estan permitiendo este tipo de estafas en el mundo financiero,es el ciudadano medio enl que tiene que arreglar los desmadres del sistema financiero solo para que este se recupere lo suficiente para aguantar hasta la siguiente crisis, que por supuesto, tambien se apañaran para que carguemos con ellas.

    De verdad,nos estan tomando el pelo con tanat justicia.
    Escelente post, a proposito

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola David, encantado de tenerte por aquí. Gracias por tus palabras. Lo cierto es que se crean leyes y reglamentos a medida, y lo de las preferentes es una clara dejación de las funciones del Banco de España y la CNMV, pues nunca se debieron comercializar de forma masiva con pequeños ahorradores.

      De todas formas, no aprendemos, pues en los bancos se siguen ofertando productos complejos, sólo para ganar más dinero, a los clientes más vulnerables.

      Un saludo, amigo!

      Eliminar